LA SECRETARIA DE SALUD DE CUNDINAMARCA,

En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas en el articulo 1 del Acuerdo 002 del 30 de junio de 2009, expedido por el Consejo Nacional Coordinador del Servicio Social Obligatorio

CONVOCA

A los profesionales en , ENFERMERIA Y que estén interesados en participar en el sorteo de plazas de Servicio Social Obligatorio aprobadas para el departamento de Cundinamarca, para que se inscriban y asistan al evento que tendrá lugar en el Salón Gobernadores de la sede Administrativa de la Gobernación de Cundinamarca el próximo 28 de agosto de 2009 a las 9:00 a.m.


Conforme a lo establecido en el artículo 4 del Acuerdo 002 del 30 de junio de 2009 las plazas objeto de sorteo serán aquellas que se encuentren vacantes entre el siete ( 07 ) de septiembre y el treinta y uno ( 31 ) de diciembre de 2009, listado que será publicado a partir del 24 de julio de 2009 en la página web de la Gobernación www.cundinamarca.gov.co en el link Entidades / Secretaria de Salud / otras secciones / rurales / imágenes y documentos / plazas a sortear, así como en la cartelera del quinto piso de la Secretaria de Salud de Cundinamarca.

DE LOS SUJETOS DEL SORTEO

Podrán participar todos los profesionales en , ENFERMERIA Y que hayan recibido el Acta de Grado y el Título o convalidación del mismo y que deban cumplir con el requisito del Servicio Social Obligatorio para obtener la autorización del ejercicio.

No podrán presentarse a este sorteo los profesionales que ya hayan prestado el Servicio Social Obligatorio, quiénes estén prestando actualmente el servicio y quiénes renunciaron a las plazas con las que fueron favorecidos en el pasado sorteo del 13 de febrero de 2009.

Los profesionales extranjeros podrán participar en este sorteo presentando la convalidación del título y si se encuentran en territorio Colombiano con una visa diferente a la de turista.

Cuando los interesados en participar en el sorteo no hayan recibido el título podrán inscribirse con una certificación de la respectiva Institución de Educación Superior donde se manifieste que el título se entregará antes del quince (15) de septiembre de 2009.

INSCRIPCIONES

El proceso de inscripción se llevará a cabo en la Dirección de Desarrollo de Servicios entre el veintisiete ( 27 ) de julio y el trece ( 13 ) de agosto de 2009 en el horario de 9:00 a.m. a 12:00 m.

Los profesionales solamente podrán inscribirse en una Dirección Departamental o Distrital de Salud. En caso que el profesional se inscriba en dos o más entidades, no será válida ninguna inscripción y por lo tanto no podrá prestar el servicio en ninguna de estas plazas.

Para la inscripción, los profesionales aportarán:

Original y copia del formulario de inscripción debidamente diligenciado a máquina o en letra imprenta y suscrito, la información suministrada se entenderá bajo la gravedad de juramento.

Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía.

Fotocopia del diploma.

Fotocopia del acta de grado.

Los profesionales graduados en el exterior deberán presentar el acto administrativo de convalidación del título expedido por autoridad competente en el país, así como copia de una visa diferente a la de turismo .

Los profesionales podrán solicitar por escrito la cancelación de su inscripción a la Dirección de Salud, antes del veinte ( 20 ) de agosto de 2009.

CONDICIONES DEL SORTEO

No se realizarán cambios de plaza por ningún motivo, quiénes participen en el sorteo deberán acogerse a las condiciones del mismo.

Los profesionales seleccionados que renuncien a la plaza con la que fueron favorecidos en el sorteo no serán eximidos del Servicio Social Obligatorio, ni podrán presentarse al siguiente sorteo.

Por cada plaza sorteada se elegirá un suplente, quien deberá reemplazar al profesional inicialmente asignado en caso de que aquel renuncie.

La asignación de plazas no tiene ningún costo los profesionales interesados deben establecer contacto directo con los funcionarios responsables en la Dirección de Desarrollo de Servicios y bajo ninguna circunstancia pagar por obtener una plaza o utilizar intermediarios para este fin.

Los profesionales no seleccionados quedaran EXONERADOS de prestar el Servicio Social Obligatorio y en consecuencia las Direcciones departamentales y Distrital de Salud de Bogota expedirán las resoluciones de autorización para el ejercicio profesional en todo el territorio nacional. Dichos profesionales tendrán un plazo de tres (3) meses contados a partir de la fecha del sorteo para solicitar la resolución, Si cumplido dicho plazo el profesional no solicita la resolución deberá realizar nuevamente los trámites para cumplir con el Servicio Social Obligatorio

Mayores informes:
PATRICIA CHAPARRO CAÑON
Dirección Desarrollo de Servicio

Secretaría de Salud de Cundinamarca
Calle 26 No 51 – 53 Torre Salud Piso 5to
Teléfonos 7491740